Los abogados del condado de Seneca responden a la interpretación de Cayuga Nation de un fallo judicial importante

Los abogados del condado de Seneca han respondido después de que Cayuga Nation interpretó una decisión de 5-4 de la Corte Suprema para verificar su argumento legal en un litigio abierto y activo.





A principios de julio, Clint Halftown dijo que la decisión 5-4 de la Corte Suprema confirmó que el grupo tribal tiene autoridad sobre las tierras que posee en los condados de Cayuga y Seneca.

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Esta decisión confirma lo que la Nación Cayuga ha estado diciendo durante todos estos años: nuestra reserva histórica sigue existiendo y solo puede ser desmantelada por la acción del Congreso, dijo Halftown en ese momento. Envía el más poderoso de todos los mensajes a las autoridades estatales y federales que han desafiado descarada y consistentemente el estado de nuestra reserva. Es la victoria más grande que nuestro pueblo podría haber esperado en este caso y es una victoria para todas las naciones indias.




El tribunal dictaminó que una gran parte de Oklahoma sigue siendo una reserva y que los fiscales locales no tienen autoridad para llevar adelante casos penales contra los acusados ​​indígenas estadounidenses.



Hoy se nos pregunta si la tierra que prometieron estos tratados sigue siendo una reserva india a los efectos del derecho penal federal. Debido a que el Congreso no ha dicho lo contrario, hacemos que el gobierno cumpla su palabra, escribió el juez Neil Gorsuch en la decisión.

Mientras tanto, el condado de Seneca respondió el lunes con su propia interpretación del fallo judicial.

En una carta presentada ante el Tribunal de Apelaciones del Segundo Circuito el viernes 17 de julio, Bond Shoeneck y King, asesores legales del condado de Seneca, contradice la posición adoptada por Halftown y The Nation.



El problema en esta apelación es diferente. El condado de Seneca ha argumentado que la Nación Cayuga no goza de inmunidad judicial con respecto al procedimiento de ejecución hipotecaria fiscal subyacente, porque la disputa se refiere a bienes inmuebles ubicados dentro de la jurisdicción soberana del Estado de Nueva York y sus municipios, no de la Nación Cayuga. La Nación Cayuga no puede escapar al impacto de City of Sherrill v. Oneida Indian Nation, 544 US 197 (2005), que deja en claro que no puede revivir unilateralmente su antigua soberanía, en su totalidad o en parte, sobre las parcelas en cuestión, independientemente de si la reserva de la Nación Cayuga fue desestablecida o no de acuerdo con la ley, dijeron en la carta.

La decisión de McGirt v Oklahoma no 'confirma' ninguna afirmación de que el CIN tenga derechos ilimitados sobre las tierras que posee en los condados de Cayuga y Seneca, y tal reclamo está completamente fuera del alcance de la sentencia reciente, se lee en un comunicado de prensa del condado.




La carta completa se puede leer a continuación:

Estimado secretario Wolfe:

Escribo en nombre del Apelante Condado de Seneca en la apelación arriba mencionada y en respuesta a la carta de la Regla 28 (j) del Apelado con fecha del 14 de julio de 2020.

La reciente decisión de la Corte Suprema de los Estados Unidos en McGirt v. Oklahoma (Ex. A a la carta del apelado) no es relevante para esta apelación. McGirt abordó la aplicación de la ley penal federal a las tierras bajo tratado reservadas para la Nación Creek en Oklahoma, que fueron asignadas a miembros individuales de la Tribu a principios del siglo XX durante la llamada era de las asignaciones y posteriormente vendidas a no indígenas. Ver Ex. A en 1-6, 8-10. En cuestión estaba la Ley de delitos mayores, que exige que se juzguen ciertos delitos graves cometidos por indios en un país indio (que incluye todas las tierras dentro de los límites de cualquier reserva india bajo la jurisdicción del gobierno de los Estados Unidos, a pesar de la emisión de cualquier patente). en los tribunales federales. Ver Ex. A en 1-3 (citando 18 U.S.C.§§ 1153 (a), 1151 (a)). La Corte concluyó que los crímenes en cuestión se cometieron en un país indígena porque la reserva de la Nación Creek nunca se desestableció formalmente, incluso a pesar de las asignaciones y ventas posteriores a no indígenas.

El problema en esta apelación es diferente. El condado de Seneca ha argumentado que la Nación Cayuga no goza de inmunidad judicial con respecto al procedimiento de ejecución hipotecaria fiscal subyacente, porque la disputa se refiere a bienes inmuebles ubicados dentro de la jurisdicción soberana del Estado de Nueva York y sus municipios, no de la Nación Cayuga. (Br. De Seneca Cnty. En 16-37, Doc. 41.) La Nación Cayuga no puede escapar al impacto de City of Sherrill v. Oneida Indian Nation, 544 US 197 (2005), que deja claro que no puede revivir unilateralmente su antigua soberanía, en todo o en parte, sobre las parcelas en cuestión, independientemente de que la reserva de la Nación Cayuga fuera o no disuelta de conformidad con la ley. Ver 544 U.S. at 202-203 (énfasis agregado); identificación. en 215 n. 9 (concluyendo que la Corte no necesita decidir la cuestión de la disolución para resolver el caso). Por lo tanto, ni McGirt, ni la insistencia de la Nación Cayuga de que su reserva nunca fue eliminada, cambia el resultado de este caso. Se aplica la excepción de bienes inmuebles.

Respetuosamente,

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BOND, SCHOENECK & KING, PLLC

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